Preguntas Frecuentes
¿Quiénes pueden contratar con la provincia de Tucumán?
Pueden contratar con la provincia todas las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad legal para obligarse y no se encuentren en alguno de los impedimentos que se detallan mas adelante.
Es decir que pueden ser contratistas:
- Las empresas unipersonales.
- Las sociedades legalmente constituidas en cualquiera de los tipos previstos en la Ley de Sociedades Comerciales.
- Las asociaciones y fundaciones que conforme al código civil tengan personería jurídica.
- Las personas físicas.
- Los organismos públicos.
- Las entidades autárquicas.
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